El nombre del Club del Progreso se encuentra asociado, por cierto de modo casual, al origen de uno de los más prolongados debates que se han librado a propósito de la independencia o dependencia del Ministerio Público Fiscal, cuestión relevante para el verdadero imperio de la supremacía constitucional en un Estado de Derecho.
Los argumentos que expusieron quienes estimaban que los Fiscales dependían del Poder Ejecutivo se alineaban en torno a la llamada “tesis González”. Los que sostenían lo contrario, en base a claras normas constitucionales y legales, consideraban que eran funcionarios judiciales y que el Poder Ejecutivo no podía darle órdenes a menos de violar una expresa prohibición de la C.N. (actual art.109).
En esta dura disputa jurídica, que se prolonga por más de cien años y que, como hubiera dicho Bielsa, dejó muertos, heridos y contusos, no faltaron trapisondas políticas, ni razonamientos falaces. Vale recordar el episodio que le dio origen, dotado de alto valor pedagógico para nuestra educación cívica.
En diciembre de 1899 un ministro del Poder Ejecutivo ordenó a un Fiscal de primera instancia que realizara las diligencias necesarias para que se lograra el allanamiento de la sede del Club del Progreso y se detuviera a algunos contertulios que estaban jugando al bacará, por practicar juego clandestino.
El Fiscal sospechó que algún interés distinto al debido castigo de las contravenciones, motivaba esta poco habitual preocupación de un Ministro del Poder Ejecutivo, pues los posibles infractores estaban ya identificados y, precisamente, eran opositores políticos del gobierno. Supuso que se pretendía utilizar al Ministerio Público Fiscal como un instrumento alejado de aquél que sabiamente el codificador Obarrio había establecido en el art. 118 del por entonces reciente Código de Procedimientos en materia penal, según el cual correspondía a los Fiscales el estricto contralor de la legalidad.[leer más]